El Decreto promulgado por la Archidiócesis de Sevilla el día 6 de mayo de 2020 en su punto sexto establece: “Las Hermandades y Cofradías, y demás asociaciones de fieles, cuando, de acuerdo con el párroco o director espiritual, se prevea razonablemente que no van a poder cumplirse, sin grave incomodidad para los hermanos y otros fieles, las limitaciones de aforo y concentración de personas establecidas por las autoridades civiles para el momento de su celebración, en virtud de lo previsto en el c.87§1CIC, quedan dispensadas de la celebración de los cultos, y otros actos de piedad o devoción establecidos en sus Reglas o Estatutos-o que hubieran sido autorizados con anterioridad al 14 de marzo pasado”. En cumplimiento con dicha norma la Junta de Gobierno, de acuerdo con el Director Espiritual, prevé que no van a poder cumplirse las limitaciones de aforo y concentración de personas en nuestra iglesia sin grave incomodidad para todos nuestros hermanos por lo que, acogiéndose a dicha dispensa, informamos que mantenemos la suspensión de los actos de culto en el calendario que resta del actual curso 2019-2020.
Sin perjuicio de lo anterior, comunicamos a todos los hermanos que el Santísimo estará todos los días expuesto en el altar mayor, con el fin de no tener que entrar en la Capilla Sacramental, que tiene mucho menos aforo, y que nuestras imágenes podrán ser visitadas en los horarios que la iglesia determine para la celebración de sus misas.