VOTO POR CORREOS. Ya esta abierto el plazo para poder efectuar el voto por correos para las próximas elecciones del día 23 de junio.
Aquellos hermanos que por enfermedad, o por tener su residencia fuera de la localidad, y así conste en el censo de la Hermandad, tendrán facultad de ejercer el voto por carta certificada, con acuse de recibo, o por procurador, acreditado mediante Acta Notarial. Deberá enviar un sobre cerrado con el voto, que se introducirá en otro donde se adjuntará una copia del D.N.I., y los hermanos enfermos el Certificado Médico Oficial. El sobre se dirigirá al Secretario Electoral y llevará exteriormente el remite y firma coincidente con las del D.N.I. del votante. Si no se cumplen estos requisitos, el voto se considerará nulo, conforme a lo establecido en el c.172 del código de Derecho Canónico.
En esta misma web, en el apartado voto por correos, dispones de las tres papeletas existentes \»solo y exclusivamente para el voto por correos\», descarga la que elijas, la imprimes y la introduces en un sobre siguiendo las indicaciones expuestas.